¿Qué tienen en común Mireia Belmonte, Rafa Nadal e Iker Casillas?. Además de ser grandes profesionales en cada una de sus disciplinas deportivas, todos ellos han pasado por alto un aspecto fundamental para la adecuada explotación de su nombre e imagen: el registro de su marca personal.
Por Nuria Marcos
Directora General de PONS Patentes y Marcas Internacional
El nombre de cualquier persona (hablamos de su nombre de pila y sus apellidos, los dos o uno, sus iniciales o el apodo por el que sea conocido) puede y debe registrarse como marca. La asociación a efectos de publicidad y marketing de la imagen de deportistas de élite que transmiten ciertos valores muy concretos y las marcas que promocionan, es un binomio cada vez más frecuente.
Este tándem busca que los deportistas asocien su nombre o imagen a una marca comercial a través de campañas publicitarias que transmitan al potencial consumidor de ese producto o servicio, un plus de calidad asociado a dicha imagen y a los valores que ese deportista representa.
Si partimos de que cualquier persona que realice un uso comercial de su nombre debería registrarlo como marca, esta premisa se cumple en mayor medida en los casos en que dicha persona tenga una gran relevancia social y mediática como sucede cuando hablamos de deportistas de reconocido prestigio, entre otras razones porque en estos casos hay un mayor riesgo de que un tercero trate de apropiarse de dicha marca para explotarla comercialmente.
Analizando la protección como marca de los nombres de Mireia Belmonte, Rafa Nadal e Iker Casillas, los tres presentan un denominador común, que es precisamente el de la ausencia de registro. Por concretar Mireia Belmonte e Iker Casillas, no tienen ninguna marca registrada y Rafa Nadal únicamente las de su Fundación.
En el caso de Casillas, en diciembre de 2012, se solicitó una marca comunitaria denominada exactamente “IKER CASILLAS” para ropa y calzado, por un solicitante portugués cuyo nombre nada tiene que ver con la marca que solicita. Esta circunstancia ha obligado a Iker Casillas a presentar una oposición en base a la existencia de una marca anterior no registrada, para tratar de impedir el registro, circunstancia que se hubiera evitado simplemente habiendo solicitado la marca previamente a su nombre, ya que este hecho hace que sea la otra parte la que tendría que demostrar que tiene derecho a utilizar esa marca.
No es tan extraño que sucedan casos así, ya que por ejemplo solo cuatro jugadores de las dos selecciones finalistas de la última Eurocopa, España e Italia, tienen registrado su nombre como marca. En la selección española los únicos que se encuentran en esta situación son Sergio Ramos, Cesc Fábregas y Fernando Llorente, mientras que en la selección italiana únicamente Andrea Pirlo.
Los jugadores de fútbol, convertidos en iconos sociales y en un referente de valores, deben proteger su nombre o apodo y su marca personal no solo para el ámbito deportivo, sino para otras actividades en las que estén involucrados fuera de ese entorno (la moda, los servicios, la ropa o el merchandising).
La recomendación es doble, por un lado deberían registrar su marca ante la correspondiente oficina de marcas en función del ámbito territorial que se decida proteger, y por otro deberían registrar uno o varios de los nombres de dominio que afecten a sus intereses, para evitar que se creen páginas web de contenido no deseado para los intereses y valores que promueve el deportista.
A modo de ejemplo, se registró el nombre de dominio «www.xavihernandez.com» por un tercero distinto al centrocampista del F.C. Barcelona y en Estados Unidos se protegió la marca «D10S» (apodo de Diego Armando Maradona) también por alguien sin derecho a ello.
Frente a estos casos de falta de protección, existen muchos ejemplos de deportistas de renombre que sí tienen diseñada una estrategia de marcas amplia, que les permite evitar usurpaciones de terceros, gestionar en condiciones de seguridad mediante contratos de licencia su marca para patrocinios y campañas publicitarias, tener el control en redes sociales del uso adecuado que se haga de su marca personal y mantenerla indemne frente a usos fraudulentos o a su explotación no autorizada.
Fernando Alonso es un claro ejemplo de esta forma de proceder, así como Cristiano Ronaldo que tiene protegida de forma amplia su marca “CR7”, de manera que ambos están defendiendo sus intereses con éxito frente a los que tratan de aprovecharse de su apodo o marca personal con fines comerciales (sigue…)
[smartads]
Son también habituales los casos de suplantación de perfiles de deportistas conocidos en redes sociales, cuando una persona sin derecho a ello, crea y gestiona el perfil de otra haciéndose pasar por ella o utilizando su marca personal. La realidad es que el número de deportistas que ha sufrido suplantaciones de identidad en las redes, ha sufrido un incremento espectacular en los últimos años.
En los apartados de “Términos y Condiciones” de las principales redes sociales y profesionales (Twitter, LinkedIn, Facebook o Tuenti), se recoge expresamente que la suplantación, el uso no autorizado o la violación del copyright y las marcas registradas por terceros está estrictamente prohibido y es denunciable ante ellas. El tener la marca registrada con carácter previo, simplifica enormemente los trámites y agiliza la rápida respuesta por parte de cada red social a estos efectos, que inmediatamente procederán a bloquear la cuenta ilegítima.
El pasado año se divulgó en Twitter que el futbolista David Beckham había sufrido un terrible accidente de tráfico, y que consecuencia de ello había fallecido. O como ocurre a Leo Messi, que no tiene perfil propio en Twitter (solamente en Facebook), y eso ha sido aprovechado por muchos usurpadores que se han creado cuentas ficticias haciéndose pasar por el futbolista… A modo de ejemplo el perfil @LeoMessi1987, que no pertenece al jugador tiene ya más de 100.000 seguidores.
Para tratar de evitar estas situaciones los deportistas con sus marcas ya registradas deberían monitorizar en la Red con cierta periodicidad si aparece algún uso abusivo de su marca personal.